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lunes, 18 de noviembre de 2019




REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA.-2019



CAPITULO I

Normas generales de índole técnico pedagógica

1.- De la concepción curricular (PEI)
2.- Estructura y organización de la unidad educativa (PEI organigrama)
3.- Planes y programas de estudio (PEI)
4.- De la evaluación y promoción (Decreto de evaluación)
5.- De los consejos de profesores
6.- De la unidad técnica pedagógica
7.- Del acompañamiento al aula (PEI)
8.- Del perfeccionamiento docente (PEI)
9.- De la evaluación institucional


CAPITULO II

Normas técnico administrativas sobre estructura y funcionamiento general del establecimiento

1.- De los cargos, roles, funciones y actividades de cada funcionario.
2.- De los derechos, obligaciones y prohibiciones generales de los funcionarios.
3.- De los alumnos.
4.- De los apoderados.


CAPITULOS III
Normas de prevención de riesgos, higiene y seguridad

1.- Normas de Prevención de Riesgos, Higiene y de Seguridad 2.- Reglamento Interno de Prevención de Riesgos.


CAPITULO IV
Manual de Convivencia Escolar

1.- Relaciones con la comunidad organizada
2.- Protocolos



El reglamento interno tiene la siguiente estructura:

- Presentación
- Fundamentación
- Objetivos
- Normas generales de índole técnico pedagógico
- Normas técnico administrativas sobre estructuras y funcionamiento del establecimiento.
- Normas de prevención de riesgos, de higiene y seguridad.
- Manual de Convivencia Escolar
- Anexos y protocolos


PRESENTACIÓN


El reglamento Interno de la Escuela Juan Bosch   contiene las normas que rigen la vida interna de la comunidad escolar, ellas emanan de la normativa vigente y tiene como propósito contribuir al logro de los objetivos establecidos en el proyecto educativo.

A través de las normas del presente reglamento interno se pretende:

1.- Generar al interior del colegio un ambiente de trabajo de tal manera que sea útil al desarrollo de las distintas capacidades e intereses de los alumnos para que todos puedan tener éxito en sus proyectos escolares, como a lo largo de su vida. Que además, sobre la base de esos éxitos enfrenten, con más seguridad, los factores negativos que provienen del medio externo a la unidad educativa.

2.- Educar a cada niño en el límite superior de sus capacidades, proporcionándoles un ambiente y los medios adecuados para el pleno desarrollo de su personalidad.

Considerando que la comunidad y unidad educativa es una organización compleja, con objetivos institucionales propios, en la cual participan personas, estamentos y organismos que por su condición de tales, aspiran a lograr sus objetivos, se hace necesario asegurar la coherencia entre ellos.

Esta coherencia debe estar reflejada en el Proyecto Educativo y en las normas del reglamento de convivencia escolar del establecimiento, el cual, en su calidad de instrumento técnico-pedagógico administrativo, facilita la consecución de los principios  objetivos educacionales, acorde con la política de educacional del país.


FUNDAMENTACIÓN

El reglamento interno se basa fundamentalmente en los siguientes cuerpos legales:

1.- Constitución política de la República de Chile, 1980. principalmente artículos 1º y 4º, 19º (numeral 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 20 y 22)

2.- Ley orgánica constitucional de enseñanza Nº 18.926 de 1990. fundamentalmente artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 12º, 13º, 14º, 15º, 16º, 17º, 18º y 21º.

3.- Estatuto de los profesionales de la educación ley Nº 19.070 de 1991.
Artículos 1º, 6º, 8º, 9º, 13º, 14º, 15º, 16º, 17º, 18º, 21º, 22º, 34º, 41º, 56º y otros.

4.- Reglamento de la ley Nº 19.070, decreto Nº 453 de 1991. Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 125, 126, 127, 159, principalmente.

5.- Declaración de los derechos del niño 1990. Artículos 2º, 5º, 7º, 8º, 9º, 10º y otros.

6.- Ley Nº 20.536 sobre Violencia Escolar.

OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO

1.- Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la unidad educativa, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos por el establecimiento en su proyecto educativo.

2.- Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.

3.- Contribuir a crear las condiciones Técnico –Pedagógicas y Administrativas que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.

4.- Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento educacional y la comunidad organizada, en función del logro de los propósitos educativos.

5.- Reformular la jornada escolar completa diurna de acuerdo a las necesidades del establecimiento y de acuerdo a los resultados del diagnóstico educacional.

6.- Establecer una comunicación eficiente y eficaz que permita mantener una relación organizativa adecuada  a las necesidades de la organización.

CAPITULO 1

NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO/PEDAGÓGICAS

La concepción curricular adoptada por la Escuela Juan Bosch de Niebla, implica tomar decisiones acerca del modo de organizar los contenidos de aprendizaje, formular objetivos, seleccionar métodos, criterios de evaluación y orientación, la elección de medios y de materiales.

Dicho de otra manera, la variedad de elementos que nutren nuestra concepción curricular converge en educar al alumno desde su propia contingencia, para el desarrollo de  sus reales potencialidades.

Entonces, la concepción curricular humanista centrada en la persona nos asegura una educación del hombre para:

- Posibilitar la interacción del alumno con su medio a través de un crecimiento que involucren los procesos cognitivos.
- Lograr un conjunto de fines preestablecidos mediante medios y materiales que faciliten una transferencia eficiente del aprendizaje humano.
- Desarrollar todas las potencialidades del alumno, a su límite máximo, desde estados perfectibles a una madurez perceptiva.
- Adaptar a los alumnos a los requerimientos de la sociedad.
- Capacitar al alumno para integrarse a la educación aceptando los valores positivos de su cultura mediante el cultivo de su inteligencia (también se refiere a lo emocional a partir de un enfoque holístico integral)
- El modelo curricular de la escuela se refleja en las siguientes expresiones técnicas:
a) La matriz curricular genera un marco curricular que se expresa en el   Proyecto de Desarrollo
Educativo Institucional (PEI)
b) Todo el quehacer de la escuela está basado en las normativas establecidas por el Ministerio de Educación
c) Los objetivos generales se generan a partir del Diagnóstico de cada proceso.


2.- ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA UNIDAD EDUCATIVA


La unidad educativa posee una estructura que comprende:
Educación Parvularia, Educación General Básica y Proyecto de Integración Escolar.

A.- EDUCACIÓN PARVULARIA:

La educación parvularia posee una estructura de dos años de estudio, divididos en dos subsectores: 1 nivel de NT2 Y 1 NT1.
I.- PREKINDER:
Comprende a los niños que como requisito fundamental tengan cumplido los 4 años de edad al 31 de marzo del año lectivo escolar.
II.- KINDER:
Comprende a todos aquellos alumnos que tengan cumplidos los 5 años de edad exigidos por el Ministerio de Educación y el certificado de vacuna al día. Deberá tener cumplidos los 5 años, al 31 de marzo al año escolar lectivo. 
B.- EDUCACIÓN BÁSICA:
La Educación básica posee una estructura que comprende 8 años de estudio, divididos en 12 asignaturas.
PRIMER CICLO:
Comprende el nivel desde primero a cuarto básico.
El ingreso del niño a 1º año básico tiene como único requisito haber cumplido los 6 años de edad al 31 de marzo del año escolar correspondiente. 
SEGUNDO CICLO:
Comprende niños de 5º a 8º año respectivamente.
Proyecto de integración
 Atiende a niños con necesidades educativas especiales de tipo intelectual, ya sean transitorias o permanentes.
ORGANIZACIÓN:
  Los cursos del primer año a cuarto año básico están, a cargo de un profesor jefe con una asistente de aula además, de profesores especialistas en la asignatura de inglés, educación física  y lengua indígena. Los cursos de quinto a octavo básico están a cargo de un profesor jefe. El trabajo escolar se programa por asignaturas cuya enseñanza es impartida, en lo posible, por profesores especialistas en la asignatura que tengan mención o especialización correspondiente.
 En ambos ciclos, los estudiantes NEET y NEEP reciben apoyo en aula por los especialistas de acuerdo a la normativa vigente.

JORNADA Y HORARIOS DE CLASES 
Las actividades diarias se realizan en JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA. La  jornada comienza en la mañana desde las 08:15 hrs. a 15:45 hrs. La jornada escolar completa contempla todos los niveles de enseñanza. 
El horario de clases de la jornada de la mañana es el siguiente:

Primera hora    de 08:15 hrs a 08:45 hrs
Segunda hora    de 08:45 hrs a 09:45 hrs
Recreo  de      09:45 hrs a 10:05 hrs
Tercera hora    de 10:05 hrs a 10:50 hrs
Cuarta hora de 10:50 hrs a 11:35 hrs
Recreo  de    11:35 hrs a 11:45 hrs
Quinta hora de 11:45 hrs a 12:30 hrs
Sexta hora           de 12:30 hrs a 13:15 hrs

Hora de almuerzo

HORARIO DE LOS DOCENTES
  de 13:15 hrs a 14:15 hrs
Jornada de la mañana  de 08:00 hrs a 13:15 hrs
Jornada de la tarde    de 14:15 hrs a 15:45 hrs
Jornada día lunes  de 16:00 hrs a 18:30 hrs (Consejo administrativo)
Jornada día miércoles    de 16:00 hrs a 18:00 hrs (Consejo técnico)
Jornada día viernes    de 08:15 hrs a 16:00 hrs

HORARIO DE LOS AUXILIARES 
Jornada de 07:30 hrs a 13:30 hrs y de 13:30 hrs a 19:00 hrs  de lunes a viernes. Con organización de turnos en sus horarios.
HORARIO INSPECTOR GENERAL
Profesor con horas de inspectoría
Horario de funciones    de 07:30 hrs a 17:30 hrs (lunes a jueves)
Tarde lunes  de 13:30 hrs a 18:30 hrs
Martes a jueves  de 13:30 hrs a 18:15 hrs
Viernes  de 07:30 hrs a 16:00 hrs

HORARIO DIRECTOR
Lunes a jueves
Jornada de la mañana  de 08:00 hrs a 13:15 hrs
Jornada tarde lunes    de 14:15 hrs a 18:30 hrs
                          Martes                      de 14:15 hrs a 18:00 hrs
Miércoles    y  jueves    de 14:15 hrs a 18:00 hrs
                          Viernes de 08:00 hrs a 16:00 hrs

3.- PLANES Y PROGRAMAS

DISTRIBUCIÓN JEFATURAS DE CURSO

EDUCACIÓN PARVULARIA:

Pre kínder jornada de la mañana de 08:15 hrs a 13:15 hrs Pre Kínder  jornada de la tarde de 14:15 hrs a 15:45 hrs
Kínder    jornada escolar completa de 08:15 a 15:45 hrs


EDUCACIÓN BÁSICA:

1º básico, 2º básico, 3º básico, 4º básico, 5º básico, 6º básico, 7º básico, 8º básico.
Jornada de la mañana de 08:00 hrs a 13:15 hrs
Jornada de la tarde      de 14:15 hrs a 17:30 hrs
Ed. Parvularia    jornada escolar completa de 08:15 a 15:45 hrs
TALLER LABORAL:
Jornada de la mañana de 08:00 hrs a 13:15 hrs
Jornada de la tarde      de 14:15 hrs a 15:45 hrs


Los planes y programas de estudio que aplicarán en la Escuela Juan Bosch son los elaborados por el Ministerio de Educación. En tanto en la asignatura de inglés, se han considerado Planes elaborados por el establecimiento.

Las asignaturas son las siguientes:

Plan de Estudio de Educación Parvularia, Enseñanza Básica.
 


 
Sectores de Aprendizaje 1° y 2° básico 3° y 4° básico Sectores de Aprendizaje 5° básico 6° básico 7° básico 8° básico
1 Lenguaje y
Comunicación 8    8   8 1 Lenguaje y
Comunicación 7 7 7 7
2 Matemáticas 6        6   8  2 Matemáticas 7 7 7
3 Historia 3      3  4 3 Historia 4 4 4 4
4 Cs. Naturales 3    3  4 4 Cs. Naturales 4 4 4 4
5 Inglés 2          2   2 5 Inglés 3 3 3
6 Educ. Física 4    4   4 6 Educ. Física 4 4 4 4
7 Educ Musical 2    2   2 7 Educ Musical 2 2 2 2
8 A Visuales 2    2   2 8 A Visuales 2 2 2 2
9 Lengua Indígena 4    4  0 9 Lengua Indígena 0 0 0 0
10 Orientación 1    1   1 10 Orientación 1 1 1 1
11 Tecnología 1      1   2 11 Tecnología 2 2 2 2
  Taller JECD 2          2   2 Taller JECD 2 2 2 2
  Taller JECD Taller JECD
  Taller JECD Taller JECD
  Otros Otros
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OBJETIVOS TRANSVERSALES FUNDAMENTALES EN EDUCACIÓN BÁSICA

Su propósito es contribuir al fortalecimiento de la formación ética de la persona; a orientar el proceso de crecimiento y autoafirmación personal y la forma en que la persona se relaciona con otras personas y con el mundo. Son enunciados que están relacionados de manera directa con la formación general, y por su naturaleza trasciende en cada asignatura, eso hace que tenga un carácter comprensivo y general, y se encuentran orientados al desarrollo personal, y a la conducta moral y social de los estudiantes, es decir, orientando al desarrollo de una persona integral. Por tener estas características, constituyen una responsabilidad del establecimiento educacional, y su cumplimiento debe asegurarse a través de las actitudes realizadas a partir del proyecto educativo institucional (PEI).


A.- ÁREA DE FORMACIÓN ÉTICA
B.- ÁREA DE CRECIMIENTO Y AUTOAFIRMACIÓN
C.- ÁREA SOBRE LA PERSONA Y SU ENTORNO

Propósitos de los objetivos fundamentales transversales

ÁREAS QUE COMPRENDE:

A) Formación ética
En esta área se pretende que el educando desarrolle la capacidad y voluntad para autorregular su conducta éticamente formada en el sentido de su trascendencia, su vocación por la verdad, la justicia, la belleza, el espíritu de servicio y el respeto por el otro. Al terminar el 8º año, se espera que el alumno desarrolle la capacidad de:

1.- Ejercer grados crecientes de libertad y autonomía  personal realizar actos de generosidad y solidaridad, respeto por la justicia, la verdad, los DDHH y el bien común.

2.- Respetar y valorar ideas y creencias distintas a las propias y reconocer el diálogo como fuente de humanización y superación de deferencias y aproximación a la verdad.

3.- Respetar y defender derechos esenciales de todas las personas sin distinción de edad, sexo, condición física, etnia, religión o situación económica.

B) Crecimiento y autoformación personal
En este caso, se busca estimular rasgos y cualidades potenciales de los estudiantes que conforman y afirman su identidad personal. Favorezcan su equilibrio emocional y estimulen su interés por la educación permanente. A través de ellos se pretende:

1.- Promover el desarrollo físico personal en un contexto de respeto y valoración por la vida y el cuerpo humano, desarrollo de hábitos de higiene personal y social  y el cumplimiento de normas de seguridad.

2.- Desarrollar el pensamiento reflexivo y metódico y el sentido de crítica y autocrítica.

3.- Promover el interés y la capacidad de reconocer la realidad, utilizar el conocimiento y seleccionar información relevante.

4.- Ejercitar la habilidad de expresar y comunicar las opiniones, ideas, sentimientos y convicciones propias con claridad y eficiencia.

5.- Desarrollar la capacidad de resolver problemas, la creatividad y el autoaprendizaje.

6.- Promover una adecuada autoestima, la confianza en sí mismo y un sentido positivo ante la vida.


C) Relación con los demás y su entorno
Estos objetivos tienden a favorecer una calidad de interacción personal y familiar regida por el respeto mutuo, el ejercicio de una ciudadanía activa y la valoración de la identidad nacional y la convivencia democrática. Considerando que las conductas de relación del individuo con su entorno están fuertemente marcadas por satisfacciones que el propio medio puede proporcionarles, el proceso de socialización escolar debe afianzar en los alumnos la capacidad para:

1.- Participar responsablemente en las actividades de la comunidad y prepararse para ejercer en plenitud los derechos y cumplir los deberes personales que recogen y demandan la vida social de carácter democrático.

2.- Comprender y apreciar la importancia que tienen las dimensiones afectivas y espirituales los principios, normas éticas y sociales para un sano equilibrio del desarrollo sexual personal.

3.- Apreciar la importancia social, afectiva y espiritual de la familia y la institucional matrimonial.

4.- Proteger el entorno natural y promover sus recursos como contexto de desarrollo humano.

5.- Reconocer y valorar las bases de la identidad nacional en su mundo, cada vez más globalizado e interdependiente.

6.- Mantener una preocupación permanente por el cuidado, protección y conservación de su entorno, con el compromiso y participación de todos los estamentos de la unidad educativa.

7.- Desarrollar la iniciativa personal, el trabajo en equipo, el espíritu emprendedor y reconocer la importancia del trabajo como forma de contribución al bien común, al desarrollo social y al crecimiento personal, en el contexto de los procesos de producción, circulación y consumo de bienes y servicios.

FORMAS DE LLEVARLOS A CABO
La operatividad de estos objetivos se debe conseguir a través de la acción diaria realizada en el establecimiento, la cual se puede manifestar, por ejemplo en:

- La formulación de los contenidos de las asignaturas que aparecen en los respectivos programas de estudios.
- Actividades desarrolladas con ayuda de las redes de apoyo al establecimiento hacia los alumnos.
- Participación de la escuela en actividades de la comunidad.
- Convivencia entre los alumnos de los diferentes niveles.
- Convivencia entre los diferentes estamentos de la unidad educativa.

4.- DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
     Nuestro colegio da a conocer anualmente el Reglamento de Evaluación a todos los apoderados y alumnos a través de su página www.escuelaniebla.blogspot.com. Además se encuentra actualizado en el SIGE Mineduc.

4.1.- EVALUACIÓN A NIVEL DE AULA

“Considerando que la evaluación es un proceso inherente al proceso educativo, es a nivel del aula, donde cobra su real significado y definitivamente adquiere el carácter del proceso permanente”.
Enseñanza y aprendizaje constituyen dos pasos didácticos inseparables que se integran en un proceso único permanente integración. Significando que el estudiante deja de ser un recetor pasivo destinado sólo a recibir información, para constituirse en un sujeto activo y participativo.
Dentro de este esquema, la evaluación se constituye en un proceso orientado a obtener información de todas las posibilidades de desarrollo de estudiantes; para ayudarlo a adquirir una clara visión de sí mismo y desarrollar en él, una actitud positiva hacia la educación y su participación futura en la sociedad. Esto nos permite concluir que no sólo evaluaremos a nuestros alumnos para otorgarles una calificación y determinar su promoción o repitencia, sino, fundamentalmente, para detectar el grado de progreso alcanzado por ellos, en su proceso de formación humana.

5.- DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES

DEFINICIÓN Y FINALIDAD

Los consejos de profesores son organismos técnicos, de carácter consultivos, en los que se expresará la opinión profesional de sus integrantes.
- Estarán integrados por todos los docentes de la unidad educativa.
- En ellos, se alcanzará la participación de los profesionales en el cumplimiento de los objetivos y programas educacionales y en el desarrollo del proyecto educativo del establecimiento.
- Constituyen instancias de participación técnica para cada uno de los docentes en lo que corresponde a situaciones relacionadas con la vida escolar, el desarrollo curricular y la marcha del establecimiento educacional.

FUNCIONES GENERALES
Los consejos de profesores tendrán, entre otras, las siguientes funciones:

- Planificar, coayudar en la ejecución y evaluar el plan de trabajo del establecimiento.
- Garantizar la integración y participación democrática de todos los componentes de la comunidad escolar.
- Velar por la correcta aplicación de las normas legales y reglamentarias que digan relación con el quehacer del establecimiento educacional.
- Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación interna y externa y sugerir acciones pedagógicas preventivas, correctivas o de refuerzo.
- Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso educativo, acentuando su acción en la forma de valores personales y sociales.
- Analizar y estudiar iniciativas en beneficio de la comunidad y su entorno.
- Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar problemas de desadaptación de los alumnos al medio escolar.
- Promover el perfeccionamiento profesional del personal docente del establecimiento.

CRITERIOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO
- Los consejos serán convocados por el Equipo Directivo. En la convocatoria se señalará la tabla respectiva.
- Los consejos estarán presididos por el Equipo Directivo o por el docente en quien delegue esta función.
- Cada consejo tendrá un secretario (a), quien llevará un libro de actas de sesiones.
- La asistencia de los profesores a los consejos es obligatorio, dentro de su horario de actividades. - El horario de sesiones se establecerá en las horas normales de actividad del establecimiento.
- Podrá asistir a los consejos, además del personal que corresponda otros funcionarios del establecimiento, directiva del centro general de padres y apoderados cuando sea requerida o autorizada por el director.
- Las actas deberán oficializarse en libros ad-hoc, foliados y con firmas y timbres del director y secretario (a). debe considerarse documento público.
- Las actas deberán contener las asistencias, las temáticas y situaciones tratadas, además de una relación de los acuerdos adoptados, los plazos en que deberán cumplirse y las personas responsables de llevarlos a cabo.
- Cada acta deberá ser leída y refrendada al término del mismo consejo, siendo firmada y timbrada por la persona que presidió, el secretario (a) de consejo.
- Se calendarizarán los diversos consejos cuando corresponda con el fin de que cada profesor tenga conocimiento de dichas actividades, pudiendo así programar su docencia en forma más adecuada a sus intereses.

TIPOS DE CONSEJOS Y FUNCIONES ESPECÍFICAS
De acuerdo a la naturaleza de las tareas que le competen y los objetivos propuestos en el proyecto educativo del establecimiento, funcionarán entre otros, los siguientes tipos de consejos:

- De administración
- Técnico pedagógico

CONSEJOS DE  PROFESORES.

El consejo estará integrado por los docentes de Educación Parvularia, Educación Básica y Educación Diferencial.
Los consejos de profesores, tendrán como preocupación fundamental, analizar temáticas generadas por el desarrollo curricular, determinar logros, carencias o dificultades y adoptar medidas correctivas, facilitadoras, motivadoras del proceso.
Igualmente deberá dar cabida, para su tratamiento, a cualquier situación que tenga injerencia en el PEI, plan anual de acción y que se requiere atención.

FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES.
- Estudiar y analizar asuntos generales, realizados con la jefatura de curso.
- Organizar y coordinar la acción de los diferentes profesores del curso para que haya comunidad de los objetivos y de procedimiento de acuerdo a las características del grupo que lo conforma.
- Estudiar la cobertura curricular y su cumplimiento.
- Proponer, analizar y unificar criterios respecto de la aplicación de métodos, técnicas y uso de material didáctico para facilitar el aprendizaje de los alumnos.
- Generar intervenciones metodológicas tendientes a desarrollar las potencialidades creativas de los alumnos.

7.- DEL ACOMPAÑAMIENTO DE AULA.
El objetivo del acompañamiento y monitoreo de aula, tiene como objetivo, recoger información sobre las prácticas pedagógicas, utilización de estrategias metodológicas, competencias profesionales, participación en clase de los estudiantes entre otras.
Entregar un post acompañamiento, donde se entregan felicitaciones, sugerencias y se recaba información general que el docente pueda entregar.
Permite identificar fortalezas en los docentes con el fin de ser transferidas a otros docentes en instancias de trabajo colaborativo. 
Este acompañamiento se realiza de dos formas: visitas calendarizadas (avisadas) y esporádicas (sin aviso), utilizando una pauta de acompañamiento creada por el Equipo Técnico, inspirándose en el Marco para la Buena Enseñanza y debidamente socializada con los docentes.
8.- DEL PERFECCIONAMIENTO DOCENTE

 Consiste en contribuir al mejoramiento del desempeño profesional de los docentes, mediante la actualización de conocimientos relacionados con su formación profesional, así como la adquisición de nuevas técnicas y medios que signifiquen un mejor cumplimiento de sus funciones.
El departamento administrativo de educación municipal colabora en los procesos de perfeccionamiento del docente.
 El ministerio de educación a través de su centro de perfeccionamiento docente, mediante la ejecución de programas, cursos y otorgamiento de becas.

9.- EVALUACIÓN INSTITUCIONAL
 La evaluación de nivel institucional está implícita en el desarrollo de todo el proceso escolar de la unidad educativa y en el ámbito del proceso de la administración general del proyecto del desarrollo educativo institucional (PEI) que cobija los sub-procesos de planificación, organización, ejecución y evaluación del mismo.
El diseño del plan de evaluación institucional, al tiempo de evaluar todo el proceso escolar, no olvida los fundamentos o principios en que se sustenta el PEI. Lo anterior implica una actitud de diagnóstico permanente, enfatiza un enfoque formativo y un registro sumativo-acumulativo del quehacer escolar.

CAPÍTULO II

NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVA SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.

DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESCOLARES DEL CALENDARIO ESCOLAR.

El establecimiento funcionará de acuerdo al calendario escolar nacional aprobado por el Ministerio de Educación y por el calendario escolar provincial, estipulado por la secretaría regional ministerial de educación y el calendario escolar del establecimiento.

DEL PROYECTO EDUCATIVO
 El Equipo Directivo, velará por la conducción, aplicación y monitoreo del PEI; realizando las modificaciones correspondientes, socializándolas con el Consejo Escolar. El Equipo Directivo, deberá difundir el PEI a la comunidad escolar. 
DE LOS CALENDARIOS ESCOLARES Y RECREOS
Los horarios de clases se darán con criterio pedagógico y de conformidad con las instrucciones emanadas del nivel central y regional. Deben elaborarse antes de la iniciación del año lectivo y podrán modificarse durante éste, según lo determinen las necesidades de la vida escolar.
Las clases se realizarán según los horarios y no podrán ser suspendidas sin previa autorización de la secretaria ministerial de educación. No obstante, lo dispuesto anteriormente en los casos de fuerza mayor el director podrá suspender dichas actividades, comunicando de inmediato de la medida a la secretaria ministerial de educación.
El director podrá autorizar actividades escolares fuera del horario de clases, siempre que éstas se realicen bajo la responsabilidad docente y cuente con la autorización por los medio oficiales de comunicación Familia- Escuela..

DE LA ACTIVIDAD ESCOLAR

DE LOS ACTOS ESCOLARES


Los actos escolares son esencialmente formativos, se organizan en conformidad con las normas vigentes sobre la materia. Ellos son:
- Actos mensuales
- Actos finalización semestre
- Actos finalización año escolar


DE LAS ACTIVIDADES TALLERES
 Las actividades de los talleres son aquellas actividades formativas de carácter deportivo, recreativo, artístico, científico, tecnológico, social, que libremente elegido por los alumnos se desarrollarán durante la jornada escolar y eventualmente, se podrán autorizar aquellas que por su naturaleza, requieran de mayor disponibilidad de tiempo en otros días fuera de la jornada de clases, incluyendo los días sábados.

DE LAS ACTIVIDADES ESPECIALES
 Son actividades especiales aquellas que se desarrollan paralelamente a las clases sistemáticas y actividades de talleres, acentuando determinados aspectos formativos complementarios a los alumnos.

1.- DE LOS CARGOS, ROLES, FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE CADA FUNCIONARIO

DEL DIRECTOR

El director es el docente, que como jefe de establecimiento educacional, es responsable de la dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes.

Corresponde al director cumplir con las siguientes funciones:
1. Velar por el cumplimiento del PEI. Del establecimiento.
2. Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional teniendo siempre presente los propósitos del proyecto educativo institucional (PEI).
3. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a cargo.
4. Proponer la estructura organizativa técnico pedagógica a su establecimiento que estime, debiendo salvaguardar los niveles básicos de dirección, planificación y ejecución.
5. Proporcionar un ambiente educativo en el establecimiento estimulante al trabajo de su personal y creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos de la unidad educativa.
6. Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del currículum del establecimiento, procurando una eficiente distribución de los recursos.
7. Presidir los diversos consejos y delegar funciones cuando corresponda.
8. Cumplir con las normas e instrucciones de las autoridades educacionales competentes.
9. Remitir a la autoridad competente las actas, estadísticas y otros documentos que sean solicitados conforme a la reglamentación y legislación vigente.
10. Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la inspección del ministerio de educación conforme a las instrucciones que de ella emanen.
11. Remitir a la dirección provincial los informes, actas, estadísticas, ordinario del establecimiento y toda otra documentación que aquel requiera.
12. Delegar en el inspector general el control de las actividades propias del establecimiento que estructuran la rutina escolar.
13. Informar oportunamente al sostenedor respecto de las necesidades surgidas en la unidad educativa.
14. Procurar la existencia del material didáctico suficiente y adecuado.
15. Favorecer la investigación y la innovación educacional en su unidad educativa.
16. Ejercer supervisión directa sobre la inspectoría general, la U.T.P y el personal docente.
17. Resolver en última instancia situaciones o problemas que presentan los alumnos, apoderados y personal del establecimiento.
18. Ratificar las medidas disciplinarias que correspondan aplicar a los alumnos de acuerdo de los criterios pedagógicos  y a las normas del presente reglamento.
19. Tramitar permisos y licencias médicas ante el sostenedor del establecimiento.
20. Crear canales de comunicación que favorezcan el mejoramiento del proceso educativo.
21. Velar porque el profesor realice sus actividades planificadas y coordinadamente, procurando su activa participación en las distintas organizaciones o instancias técnicas pedagógicas.

DEL INSPECTOR(A) GENERAL:

1. El Inspector (a) General, formará parte del Equipo Directivo.
2. Cautelar que los procesos de asistencia, comportamiento, movilización escolar, saludo escolar entre otros, que el director determine se ejecuten de manera eficiente.
3. Resguardar que los horarios tanto del personal del establecimiento como de los estudiantes; se cumplan eficientemente.
4. Reemplazar al director en caso de ausencia o cuando éste lo determine. 
5. Velar por el desarrollo integral de los estudiantes de acuerdo  a las orientaciones entregadas por el proyecto educativo.
6. Reforzar los comportamientos y desempeños de carácter formativos de aprendizaje en cada situación didáctica creada en el quehacer  escolar de los alumnos.
7. Conocer la realidad grupal del curso, a los alumnos y a sus capacidades personales. (para el profesor jefe).
8. Integrarse en forma efectiva a los consejos de profesores.
9. Atender a apoderados, abordando las distintas situaciones de incumplimientos del Reglamento Interno por parte de los estudiantes, o cualquier situación que lo requiera. 

Corresponde al inspector(a) general cumplir con las siguientes funciones:

10. Controlar la disciplina de los alumnos en los recreos, hábitos de puntualidad y respeto a los superiores.
11. Vincular al establecimiento educacional con los organismos de la comunidad previo conocimiento del director.
12. Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases sistemáticas y horas de colaboración. Siempre que tenga el cargo y sea docente.
13. Organizar y coordinar el funcionamiento de las comisiones del bienestar, tanto el personal como el de los alumnos.
14. Llevar los libros de control, registro de la función docente, documentos de seguimiento de los alumnos  y carpeta de alumnos o libro de registro, cuaderno o registro escolar, siendo de su responsabilidad que estén actualizados.
15. Programar y coordinar las labores de los paradocentes, administrativos y auxiliares.
16. Gestionar las autorizaciones de las salidas  extraordinarias de los alumnos durante la jornada ordinaria de clases.
17. Controlar la realización de actividades culturales, sociales, deportivas, de bienestar y promover las relaciones con los centros de padres y apoderados.
18. Elaborar los horarios de clases y las actividades de colaboración incluidas en su contrato.
19. Supervisar y controlar los turnos, formaciones y presentaciones del establecimiento.
20. Velar por la buena presentación y aseo del local escolar.
21. Coordinar y supervisar las actividades generales del establecimiento.
22. Llevar un banco de documentos legales que se requieren para la supervisión de la Super- intendencia de Educación.
23. Asistir a los consejos técnicos de su competencia.
24. Subrogar al director en su ausencia.
25. Velar, conjuntamente con el director, porque el proceso enseñanza aprendizaje del establecimiento sea coherente con los objetivos.
26. Mantener actualizado el inventario de los bienes del colegio.
27. Llevar la subvención escolar del establecimiento, controlado que esta sea bien llevada por los docentes en sus libros de clases.

 DE LA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA

DEFINICIÓN Y FINALIDAD
           
La jefa de Unidad Técnica Pedagógica, forma parte del Equipo Directivo del establecimiento. Profesora con 44 horas por Alta Dirección Pública.
La unidad técnica pedagógica es el organismo encargado de coordinar, asesorar y evaluar las funciones docentes técnico pedagógico que se dan en el establecimiento, tales como: orientación educacional, planificación curricular, acompañamiento pedagógico, evaluación del aprendizaje y otras análogas.
Tiene como finalidad facilitar el logro de los objetivos educacionales, optimizar el desarrollo de los procesos técnico-pedagógicos y constituirse en el principal soporte técnico que lidera los cambios y las acciones de mejoramiento al interior de la unidad educativa.

FUNCIONES GENERALES DEL EQUIPO DIRECTIVO, TÉCNICO Y U.T.P.

- Facilitar el desarrollo del proceso educativo, coordinando acciones que integren y canalicen los esfuerzos académicos, con el fin de armonizar el trabajo de los demás docentes, en función del logro de los objetivos educacionales propuestos por el establecimiento.
- Fortalecer el trabajo técnico-pedagógico del docente de aula, a través de acciones de asesoría directa y de apoyo efectivo, oportuno y permanente.
- Promover el trabajo en equipo, integrado y participativo, especialmente entre los docentes de aula.
- Promover y facilitar el perfeccionamiento, capacitación y/o actualización permanente de los docentes.
- Procurar la participación activa, responsable y comprometida de los docentes, en las distintas instancias técnico-pedagógicas del establecimiento.
- Coordinar y apoyar el desarrollo de actividades de orientación educacional.
- Asesorar las actividades de planificación curricular de los docentes y el desarrollo de los contenidos programáticos.
- Proponer concepciones y modelos curriculares congruentes con el marco doctrinal y el proyecto educativo.
- Promover la aplicación de métodos, técnicas y medios de enseñanza que favorezcan el aprendizaje efectivo de los niños y niñas.
- Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de evaluación del proceso enseñanza aprendizaje.
- Mejorar el rendimiento escolar, a través de acciones que hagan más efectivo el quehacer del docente en la consecución de los objetivos programáticos y de programas especiales de reforzamiento.
- Orientar la búsqueda de soluciones innovadoras y creativas a la problemática educativa, de acuerdo con la propia realidad del establecimiento educacional.
- Promover y coordinar la relación de reuniones, talleres de trabajo y otras actividades para enfrentar los problemas pedagógicos en función de una mayor calidad educacional.
- Diseñar en conjunto con los otros estamentos del establecimiento, y/o acciones de mejoramiento de la calidad de los aprendizajes, considerando las necesidades más urgentes de atender y organizando eficientemente los recursos de que disponen para desarrollarlos.
- Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las innovaciones curriculares que se requieran, de acuerdo a las necesidades que el desarrollo educacional demande.
- Atender los requerimientos de la descentralización pedagógica, principalmente los relacionados con la elaboración de planes y programas de estudio, los objetivos fundamentales y contenidos mínimos, los programas de mejoramiento educativo y otros que sean necesarios.
- Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y apropiado para ser más efectiva la acción educadora del establecimiento.

EN LA FUNCIÓN DE ORIENTACIÓN.
- El orientador(a) cumple las siguientes funciones:
- Planifica y organiza el Plan de Gestión de Convivencia Escolar.
- Planifica y coordina las actividades de orientación en la unidad educativa
- Asesora especialmente a los profesores jefes en función de guía del alumno a través de su jefatura y consejo de curso proporcionándole materia de apoyo para su labor. - Asesora técnicamente a los docentes en materia de orientación.
- Atiende a los alumnos con problemas de orientación a nivel   grupal e individual.
- Cautela que los documentos y en especial el informe sobre áreas de desarrollo de los alumnos sean llevados correctamente.
- Planifica y organiza Escuela para Padres.
- Vela por los derechos de los estudiantes no sean vulnerados. Genera los documentos legales cuando la situación lo requiera.
- Mantener comunicación permanente con los apoderados de aquellos estudiantes que presentan bajo nivel de asistencia y otras situaciones que atenten con la vulneración de derechos de niños y niñas.



DEL PROFESOR JEFE:

 El profesor jefe es el que coordina, orienta y anima las acciones del grupo. Además cumplirá con las siguientes funciones:
1. Velar permanentemente por el desarrollo integral de los alumnos pertenecientes a su curso, procurando que logren un óptimo aprendizaje de acuerdo a sus potencialidades.
2. Estructurar con los docentes de asignaturas un equipo de trabajo para definir propósitos comunes, establecer estrategias para formar criterios técnicos, revisar y evaluar resultados, etc.
3. Mantener constantemente informado a los padres y apoderados acerca del proceso educativo de su pupilo y las dificultades para su cumplimiento, solicitando el apoyo cuando las circunstancias lo requieran. 

2.- DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES GENERALES DE LOS FUNCIONARIOS

FUNCIONES EN RELACIÓN A LOS ALUMNOS

1. Investigar y diagnosticar las realidades del grupo curso
2. Conocer personalmente en forma amplia a cada uno de sus alumnos para orientarlos en su vida escolar, personal y en especial de la búsqueda de su futuro vocacional.
3. Motivar el proceso enseñanza aprendizaje en el curso, así como promover las actividades de los talleres.
4. Animar las relaciones interpersonales de los alumnos y ser factor importante en la participación creativa de este grupo humano, conduciendo el consejo de curso hacia una óptima formación cívico-social.
5. Intermediar responsablemente en la solución de problemas que afectan al curso o alguno de sus integrantes.
6. Integrar a los nuevos alumnos al grupo curso.
7. Preocuparse por la salud, bienestar, rendimiento, asistencia, puntualidad, presentación personal y otros comportamientos de los alumnos del curso, realizando un oportuno seguimiento y atención individual.

FUNCIONES EN RELACIÓN A LOS DOCENTES DE ASIGNATURA
1. Informarles periódicamente de las actuaciones de curso y las situaciones personales significativas que involucren a los alumnos y comprometan a su aprendizaje y/o su formación.

 El inspector general es el docente que tiene como responsabilidad velar por las actividades del establecimiento, para que se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia.
  A su vez es el responsable inmediato de organizar, coordinar y supervisar el trabajo armónico y eficiente a los distintos organismos del establecimiento, como asimismo del personal Asistente de la Educación.


DE LOS DOCENTES DEL AULA
 El docente del aula es el profesional que dentro del establecimiento es el responsable directo de administrar el proceso de enseñanza aprendizaje y asegurar que los alumnos tengan éxito en el desarrollo de todas sus responsabilidades.

Corresponde al docente la siguiente función:
Conocer con propiedad la acción pedagógica que realizan los docentes de asignaturas en el curso.

FUNCIONES EN RELACIÓN CON LOS PADRES Y APODERADOS
1. Conocer a los padres y apoderados del curso con cierta amplitud a través de las reuniones y entrevistas personales.
2. Determinar el horario de atención a los padres y apoderados, de acuerdo con Inspectoría general.
3. Organizar el grupo curso con los padres, docentes y alumnos en torno al proyecto educativo.
4. Mantener informado a los padres y apoderados en relación al desempeño general del curso y privadamente de las actuaciones personales de cada alumno.

FUNCIONES EN RELACIÓN CON LA INSPECTORÍA GENERAL
1. Informar periódicamente a inspectoría general el comportamiento del curso en general y aspectos relevantes personales de los alumnos en particular.
2. Elaborar oportunamente los trabajos e información con respecto al curso, que correspondan a funciones del profesor.
3. Mantener al día en condiciones de ser revisadas en cualquier momento por la inspectoría general o por el jefe de la UTP la siguiente documentación: - Libro de clases - Agenda escolar. 

DE LOS DERECHOS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES GENERALES DE LOS FUNCIONARIOS

EN RELACIÓN A LA LABOR EN EL AULA DEL PROFESOR

1. Conducir el aprendizaje en el curso actuando como animador y facilitador del proceso enseñanza aprendizaje.
2. Determinar los objetivos específicos de la asignatura en relación al curso.
3. Preparar el material didáctico necesario para cumplir con sus actividades docentes.
4. Organizar en el aula situaciones de aprendizaje de alto nivel utilizando metodología, técnicas, procedimientos y estrategias que enriquezcan el entorno del trabajo escolar y motiven a los alumnos a participar en un aprendizaje activo y creador.
5. Preocuparse por formar y reforzar hábitos, actitudes y otras conductas de apoyo al crecimiento personal de los alumnos.
6. Preparar en forma oportuna, paralelamente a la planificación de las unidades de aprendizaje los instrumentos de evaluación formativa y acumulativa que aplicará a sus alumnos.
7. Evaluar junto a los alumnos los resultados de los aprendizajes y de acuerdo a los rendimientos obtenidos, proponer estrategias de reforzamiento y reformulación de aprendizaje.

EN RELACIÓN CON EL TÉCNICO ADMINISTRATIVO
1. Cumplir responsablemente las normas técnicas administrativas aprobadas en la dirección en lo que se refiere a:
a) Llegar oportunamente a clases y otras actividades a su cargo
b) Firmar diariamente el libro de clases
c) Registrar en el libro de clases las actividades realizadas por los alumnos de acuerdo a las instrucciones entregadas por la unidad técnico-pedagógicas
d) Tomar puntualmente el control del curso desde el momento en que se inicia la actividad escolar en el colegio.
e) Planificar oportunamente clase a clase, utilizando para ello la plataforma de Gestión Curricular.
f) Entregar antecedentes e informes solicitados en los plazos que la dirección le indique.
g) Registrar las evaluaciones de acuerdo al reglamento de evaluación de la unidad educativa.

EN RELACIÓN A LOS ALUMNOS
1. Controlar la asistencia de alumnos en sus horas de clases.
2. Anotar observaciones, con objetividad de carácter positivo y negativo en la hoja de observaciones de los alumnos.
3. Crear el clima de trabajo adecuado para conducir el proceso enseñanza aprendizaje con un alto nivel de compromiso de parte de los alumnos.
4. Crear las condiciones para que cada alumno logre satisfactoriamente su aprendizaje de acuerdo a sus capacidades personales.
5. Explorar y estimular el desarrollo de aptitudes, intereses y otros aspectos vocacionales de sus alumnos.
6. Comunicarse personalmente con el profesor jefe, participándole de aquellas situaciones y actuaciones y/o alumnos que necesiten seguimiento intensivo.

 EN RELACIÓN A LOS PADRES Y APODERADOS
1. Informar en reuniones de padres y apoderados, cuando sea necesario y de acuerdo con el profesor jefe:
- Los propósitos de la asignatura
- Los logros que se espera de los estudiantes.
- El nivel de rendimiento observado en el curso y el apoyo que se espera de los padres.
2. Entrevista con los apoderados de los alumnos de bajo rendimiento en la asignatura, para informarle de la situación y proponerles algunas estrategias remediales previa información al profesor jefe.

          RESPONSABILIDADES DE LOS INSPECTORES DE PATIO

1. Durante los recreo controlar los juegos de los niños y controlar que las dependencias queden sin alumnos.
2. Durante la formación, reforzar hábitos disciplinarios, aseo, presentación personal de alumnos, puntualidad, etc.
3.- Identificar a los alumnos causantes de destrozos.
4. Controlar desayunos, almuerzos.
5. Informar a la inspectoría sobre los cursos que se encuentren sin profesor.
6. Preocuparse de los alumnos accidentados.
7. Controlar alumnos atrasados.
8. Controlar la salida y el ingreso de los alumnos en la hora de almuerzo, salida de la jornada escolar.
9. Dejar constancia escrita de las causas del retiro de los alumnos de clases y al responsable de la salida.
DE LA UNIDAD DE SERVICIO DE APOYO
 El Asistente de la Educación que ejerce como auxiliar de servicios es responsable directo de la vigilancia, cuidado y mantenimiento de los muebles, instalaciones del local escolar y demás funciones subalternas de índole similar.

Los auxiliares dependen directamente del Equipo Directivo.
Las funciones del auxiliar de servicio son las siguientes:
1. Colaborar en la mantención el orden y el aseo en todas las dependencias del establecimiento.
2. Retirar, repartir mensajes, correspondencia y otros.
3. Ejecutar reparaciones e instalaciones menores del local.
4. Cuidar, responsabilizarse del uso, conservación de útiles, herramientas y máquinas del colegio.
5. Desempeñar cuando proceda, atención de portería teniendo como responsabilidad específica:
- Regular, vigilar entradas y salidas de las personas al establecimiento. Toda visita deberá quedar registrada en el libro de visitas de la portería y deberá portar su credencial que autoriza el ingreso al colegio.
- Informar previamente a su superior la solicitud de ingreso de personas, antes de autorizar su entrada.

DE LA FICHA ESCOLAR
 La ficha es el documento individual del alumno que registra sus antecedentes personales generales y aspectos relevantes de su comportamiento en el colegio, se confeccionará en el momento de matricular el alumno.
Consignará a lo menos los siguientes aspectos:
- Identificación del alumno.
- Antecedentes escolares.
- Antecedentes familiares.
- Informes psicológicos.
- Otros antecedentes. 

DEL INFORME EDUCACIONAL

 El informe educacional es un instrumento técnico de orientación destinado a dar a conocer el progreso alcanzado por el alumno en el desarrollo de su personalidad individual y social y verificar sus intereses y capacidades predominantes.
Los profesores de asignatura, serán los encargados de suministrar los antecedentes académicos de los estudiantes, en la plataforma de Gestión Curricular utilizada por el establecimiento; en tanto el encargado de informática será el responsable de mantener actualizada la plataforma con los datos personales de los estudiantes, además de multicopiar los informes y/o certificados de estudios correspondientes.

 MEDIOS DE COMUNICACIÓN FAMILIA-ESCUELA.

  Nuestro colegio propicia la comunicación permanente y efectiva familia- escuela a través de los medios de comunicación oficiales para este fin. Dejamos expresamente estipulado que no aceptamos ni propiciamos los canales informales o redes sociales como WhatsApp para comunicación familia- escuela y su uso es de exclusiva responsabilidad de los usuarios.
Los llamados telefónicos se podrán considerar válidos siempre y cuando la persona se identifique con sus datos personales (nombre y RUT), para lo cual quedará un registro de dichas llamadas, especialmente en situaciones de emergencias en que no ha sido posible comunicarse con la familia a través de otros medios oficiales.
Es de responsabilidad exclusiva del apoderado dar a conocer cualquier cambio en su fono de contacto y además tener su fono de emergencia al día, pues en caso de cualquier dificultad con su hijo(a) se recurrirá a una comunicación inmediata. Nuestro colegio no se hace responsable de llamadas sin identificación de las personas señaladas como apoderados de los alumnos.
Cada alumno tendrá un apoderado titular y uno suplente en caso de que no pueda concurrir a reuniones o citaciones oficiales por parte de la escuela. Aquellos apoderados que no asistan a reuniones debidamente informadas, se podrá solicitar su destitución o cambio por otra persona mayor de 18 años.
 Nuestro colegio entregará información oficial ya sea escrita u oral, sólo a los apoderados titulares o al suplente debidamente registrado en la Ficha de Matrícula.


Son medios de comunicación oficial los siguientes:

A.- MENSAJERIA DE TEXTOS (APPODERADO)
      Es un medio de comunicación oficial entre familia y escuela mediante el cual se informa a través de un mensaje de texto situaciones relacionadas con lo pedagógico u otras situaciones del ámbito escolar. Se usa además para reforzar aspectos positivos y administrativos de la gestión escolar.

B.- LA AGENDA ESCOLAR
 La agenda escolar es un medio de comunicación oficial de uso diario entre la Escuela y la Familia. Contendrá un extracto del Manual de Convivencia y en ella se dejará constancia escrita de citaciones, información y justificativos, avalados por la firma de directivos, docentes y apoderados.


4.- DE LOS ALUMNOS/AS
DERECHOS DE LOS ALUMNOS/AS
A recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
Al desarrollo normal de las actividades docentes y formativas del colegio.
A la valoración objetiva de su rendimiento académico.
A la orientación educativa y profesional, atendiendo los problemas personales de aprendizaje.
A que el colegio les facilite oportunidades y servicios educativos para que puedan desarrollarse física, moral y socialmente en condiciones de libertad y dignidad.
A que se respete su dignidad personal, no sufriendo sanciones humillantes.
A que se respete su libertad de conciencia, así como sus convicciones religiosas y morales, siendo educado en comprensión y tolerancia.
A formular ante su profesor jefe, profesores de asignatura y autoridades educativas cuantas iniciativas, sugerencias y reclamos en forma oportuna.
A conocer los planes que existen en la escuela y que permiten la solución adecuada de los conflictos.

 En el caso de alumnas embarazadas se procederá de acuerdo al Protocolo Ministerial existente, resguardando y brindando siempre las facilidades para la continuidad de los estudios y el apoyo psicosocial, tanto de la joven madre, como del joven padre. Dicho protocolo es parte integrante de este Reglamento Interno.
En caso de prevención del suicidio escolar, el equipo psicosocial tomará todas las medidas para identificar a un alumno (a) que esté pasando por alguna problemática con el fin de evitar una determinación extrema y negativa. Se implementarán talleres relacionados con el tema, para prevenir estas situaciones.
Será parte integrante de este Reglamento Interno los Protocolos de Situación de Maltrato y Abuso y Escuela Segura, emanados por el Ministerio de Educación, que establecen los procedimientos a seguir. En todo caso una alumna o alumno con una situación de riesgo social se deberá realizar  las siguientes acciones:

a) Derivación de la alumna o alumno al equipo psicosocial,  Centros de salud familiar u otros profesionales del área, además  de refuerzo pedagógico.
b) Orientación a los padres para que realicen un trato adecuado a la alumna/o afectada.

DEBERES DE LOS ALUMNOS/AS

- Respetar el proyecto educativo y cumplir sus normas que regulan la vida escolar.
- Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir el horario lectivo y seguir las orientaciones de sus profesores.
- Esforzarse por rendir conforme a sus aptitudes.
- Cumplir las normas disciplinarias y de comportamientos exigidas dentro y fuera de la sala de clases, respetando a los demás y conviviendo armoniosamente con los demás alumnos y profesores, normas indispensables para el buen funcionamiento del colegio.
- Cumplir oportunamente con la entrega de trabajos propios de cada asignatura.
- Cumplir con la asistencia y desarrollo de las actividades de evaluación académica.
- Tener disponible el material educativo necesario para cada asignatura.
- Entregar al apoderado las comunicaciones enviadas por el colegio, sin falsificar su contenido.
- Conservar el orden y la limpieza en todas las dependencias del colegio.
- Velar por la buena reputación del colegio, tanto dentro como fuera de él.
- Adquirir hábitos intelectuales y de trabajo en orden a su capacidad.
- Utilizar responsablemente las instalaciones y servicios del colegio, haciéndose responsable de los daños o deterioro por el mal uso de los bienes muebles como los inmuebles.
- Dispensar un trato respetuoso para con los profesores y demás personal del colegio.
- Mantener su comportamiento social correcto, respetando a sus compañeros, evitando burlas, insultos, acciones ofensivas, no apropiándose de lo ajeno, no fomentando enfrentamientos o divisiones por diversos motivos.

5.- DE LOS APODERADOS

DERECHOS Y OBLIGACIONES
5.- DE LOS APODERADOS

DERECHOS Y OBLIGACIONES

“Los padres son los primeros educadores de sus hijos, esta es su misión propia e intransferible que se debe asumir con amor y optimismo. Sin su delicada colaboración, el colegio no podría conseguir sus fines propuestos”. El buen funcionamiento y la efectividad de la comunidad educativa no se puede lograr sin la estrecha colaboración de sus miembros, especialmente los padres de familia.
La suma comprensión, confianza y colaboración entre el colegio y los padres de familia constituye la piedra angular para una adecuada formación de los alumnos.
La matrícula de un alumno en el colegio implica la aceptación del Proyecto Educativo y del reglamento interno, por lo tanto, los padres no pueden dificultar las actividades del colegio.
Cada alumno del colegio debe tener un Apoderado Titular que puede ser el padre o la madre, en su defecto otra persona que ejerza de Apoderado Suplente que sea mayor de edad y o que esté autorizado notarialmente por los padres o por quién legalmente esté al cuidado del alumno. Ambos deben estar expresamente registrados en la Ficha del Alumno.
El apoderado representa al alumno ante la dirección del colegio, es responsable y supervisor de su comportamiento y rendimiento escolar de su pupilo de acuerdo al proyecto educativo del colegio al que debe adherir en todos sus aspectos.
El apoderado asume el compromiso de asistir y participar en las actividades culturales, recreativas y deportivas que el colegio organice.
Apoyar al proceso educacional de su pupilo (a) asistiendo a las reuniones de curso en forma obligatoria. En el caso de inasistencia debe justificar personalmente al día siguiente de la reunión en la Inspectoría General.
Ante cualquier problema pedagógico que se presente con su pupilo (a) el apoderado deberá seguir el conducto regular, primero con el profesor de asignatura, luego con el profesor jefe, Inspectoría General y en última instancia la  Jefa de UTP.
Preocuparse todos los días de la presentación personal y académica de su pupilo (a). Asistir a las entrevistas solicitadas por el profesor jefe o de asignatura.
Es obligación del apoderado mantener una actitud de respeto por los todos los integrantes de la Comunidad Escolar, ya sea docentes o asistentes de la educación. Cualquier falta de respeto considerada agresión física o verbal hacia un integrante de la Comunidad Escolar, Ley N° 18.834 será motivo de cambio del apoderado por parte del establecimiento. Esta situación será comunicada por escrito al apoderado, el cual podrá apelar comprometiéndose a un cambio de actitud. Esta medida se fundamenta en que el primer valor que promueve nuestro Proyecto Educativo es el Respeto. También se considerará grave insultar o calumniar a un integrante de la Comunidad Educativa por medio de la Redes Sociales, u otras pues están indebidamente canalizadas. Todo reclamo se debe hacer por escrito y en forma personal por el apoderado titular del alumno matriculado. No obstante lo anterior, nuestro colegio se resguardará, denunciando los hechos graves de vulneración de derechos de los integrantes de la Comunidad Educativa ante la Fiscalía correspondiente.

DE LA MATRÍCULA DE LOS ALUMNOS.
 La matrícula es el acto administrativo mediante el cual el apoderado y alumno ejercen el  derecho a la educación. En dicho acto el apoderado y el alumno se comprometen a acatar, aceptando las disposiciones del presente reglamento.
El proceso de matrícula se efectuará de acuerdo a la normativa vigente.

CAPITULO III

NORMAS PREVENCIÓN DE RIESGOS
DE HIGIENE Y SEGURIDAD

1.- REGLAMENTO INTERNO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

INTRODUCCIÓN

 Las autoridades del ministerio de educación conscientes que es deber del estado velar por la salud de integridad física educandos y con el objeto de orientar la aplicación de la normativa contemplada en el artículo N°7 de la ley N°18.602. Mediante circulares ha emitido una serie de introducciones destinadas a evitar accidentes en los escolares.
 El presente reglamento es un compendio de dichas circulares y su objetivo principal es el de delimitar en cada establecimiento que se indica para los objetos de prevenir accidentes en el desarrollo de las actividades escolares.


ESTRUCTURA

Director
Profesores
Alumnos
Padres y apoderados

DEL SOSTENEDOR
 Proporcionar oportunamente los recursos adecuados y necesarios en cantidad y calidad al establecimiento educacional, con el fin de evitar accidentes que puedan lesionar al personal y/o producir daños materiales.

DEL DIRECTOR
- Orientar a la comunidad escolar sobre la correcta interpretación y aplicación de las normas que imparte el ministerio de educación sobre prevención  de riesgos en los escolares.
- Planificar y organizar anualmente las acciones de prevención de riesgo en los escolares en el establecimiento, de acuerdo a las instrucciones impartidas por el ministerio de educación.
- Supervisar permanentemente el cumplimiento de las normas impartidas para evitar los accidentes.
- Informar y hacer participar activamente a los padres y apoderados en el plan de prevención de riesgos adoptado por la comunidad escolar.
- Programar acciones de capacitación y perfeccionamiento con y para el personal, en materia de prevención de riesgos escolares.
- Instruir al personal sobre el proceso de traslado de alumnos accidentados a los centros asistenciales que otorguen los beneficios estipulados en el decreto N°313/72 sobre el seguro escolar de accidentes.
- Velar por el fiel cumplimiento de las instrucciones impartidas por el ministerio de educación.
- Para resguardar la salud mental de los profesores, se harán intervenciones de grupo, donde se realizarán jornadas de autocuidado, actividades de esparcimiento, convivencia y relajación etc., esta actividad podrá realizarse una vez al mes si fuera necesario y podrá extenderse al personal paradocente, auxiliares y manipuladoras, haciendo intervenciones dirigida por un profesional y enfocada a mejorar su autoestima, conocer sus derechos y deberes y expresar sus sentimientos y malestares.

DE LOS PROFESORES

Velar por la salud e integridad física de los alumnos
Conocer los principios básicos de prevención de accidentes escolares
Hacer cumplir las normas básicas de orden, higiene y seguridad del presente reglamento.
Promover en forma permanente la participación de sus alumnos en todas las actividades de prevención de riego, estudiar sus sugerencias y ponerlas en práctica cuando proceda.
Investigar en forma minuciosa todo accidente, adoptando las sugerencias necesarias para evitar su repetición.



No usar elementos que puedan ser motivo de accidente.
Evitar juegos bruscos, reyertas o bromas.
No encender o apagar elementos calefactores.
No accionar o reparar equipos eléctricos o mecánicos, ni usar los dientes como herramientas.
No botar restos de comida, trapos, etc. a desagües, servicios higiénicos o en cualquier otro lugar no destinado específicamente para ello.
Evitar subirse a techos, panderetas, muros, árboles, etc.
No bajar o subir las escaleras corriendo y evitar caminar o correr con objetos duros en la boca.
No jugar sobre las mesas o sillas.
No colgarse o columpiarse en el arco de fútbol.

CAPITULO IV

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
DE LA ESCUELA JUAN BOSCH DE NIEBLA.



ARTÍCULO 1°. Objetivos.
El presente Manual de Convivencia tiene por finalidad orientar el comportamiento y las relaciones de los diversos actores que forman parte de la comunidad educativa, definiendo conceptos, estableciendo criterios preventivos, protocolos de actuación   y procedimientos formativos para abordar  los diferentes conflictos o situaciones de violencia que pudieran darse al interior de la escuela. De igual forma, establecerá medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, generando acuerdos y sanciones con contenido formativo, garantizando en todo momento el justo procedimiento.
Todo lo anterior, deberá plasmarse en un Plan de Gestión de la Convivencia, que servirá como carta de navegación para alcanzar una buena convivencia escolar, con un clima óptimo para el desarrollo integral de nuestros alumnos.

ARTÍCULO 2°.  Definiciones y Conceptos.
 La convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. La Ley de Violencia Escolar, define la buena convivencia escolar como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral delos estudiantes” (Art. 16ª, Ley Nº 20.536)
Comunidad educativa,  se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un
propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.
Acoso Escolar(o Bullying), “toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillaciones o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición” (Art. 16B, Ley Nº 20.536)
Se indica, además, la gravedad de cualquier tipo de violencia en contra de un estudiante por parte de quien detente una posición de autoridad: “Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante” (Art. 16D, Ley Nº 20.536).
Agresividad, corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo.
Conflicto, involucra dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a sus intereses, verdadera o aparentemente incompatibles.
Violencia, el uso ilegitimo del poder y la fuerza, sea física o psicológica. El daño al otro como una consecuencia.
Violencia psicológica, incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o bullying.
Violencia Física, toda agresión física que provoca daño o malestar, patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc. Que pueden ser realizadas con el cuerpo o algún objeto, considerad desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying.
Violencia Sexual, son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc.
Violencia por razones de género, son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la violencia, ayuda a mantener el desequilibrio entre hombres y mujeres. Incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la posible superioridad de uno de los sexos por sobre el otro.
Violencia a través de medios tecnológicos, Implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de WhatsApp, Facebook,  correos electrónicos, chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, sitio webs, o cualquier otro medio virtual o electrónico que pueda constituirse en ciberbullying. Generan profundo daño en las victimas dado que son acosos de carácter masivos y la identificación de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones virtuales.
Resolución pacífica de los conflictos, es una habilidad social que contribuye y enriquece la vinculación entre las personas. Desde una posición colaborativa, el proceso de resolución de conflictos implicará:
Consideración de los intereses de la otra parte involucrada en el proceso,
dispuesto/a a ceder en las posiciones personales para llegar a una salida,
que beneficie a las partes involucradas en el conflicto, a fin de mantener, cuidar y enriquecer la relación, si es parte de las expectativas.
Mediación, Es un procedimiento en que una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones ni culpables.
Servicio Comunitario, Implica la prestación de algún servicio a favor de la comunidad que ha sido dañada, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Se debe cautelar que esté relacionado con el daño causado.
Servicio pedagógico, implica una acción en tiempo libre del o la estudiante, que asesorado por un docente, realiza ciertas actividades solicitadas.
Servicio reparatorios, parte reconociendo que ha provocado daño a un tercero, lo que implica una instancia de diálogo, mediada por un adulto/a, la acción debe ser voluntaria, dado que se pretende que se responsabilice de su acción.
                                                           
ARTÍCULO 3°. Derechos y deberes de la comunidad educativa.
Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y fomentar una buena convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.
Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

ARTÍCULO 4°. Consejo Escolar
La Ley Nº 19.979, de Noviembre del año 2004, estable que deben existir en los colegios que reciben subvención un Consejo Escolar, el que deberá estar integrado,  a lo menos,  por un representante de cada uno  de los siguientes estamentos:
a. El sostenedor o quien se designe en su representación;
b. El Director o Directora, que es quien lo preside
c. Un docente elegido por sus pares
d. Encargado de Convivencia Escolar
e. Un representante de los asistentes de la educación, elegido por sus pares
f. El presidente del Centro de Padres y Apoderados
g. Presidente(a) del Centro de Alumnos.
Corresponde a los Consejos Escolares estimular y canalizar la participación de la Comunidad Educativa, debiendo determinar las medidas que permitan promover una Buena Convivencia Escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos.
Las acciones que determine el Consejo Escolar, deben estar consignadas en un Plan de Gestión y ser implementadas por el Encargado de Convivencia Escolar. Razón por la cual, debe incorporarse el Encargado de Convivencia Escolar al Consejo Escolar.
El Consejo Escolar tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:
Promover acciones, medidas y estrategias que fortalezcan la Convivencia Escolar en el Establecimiento.
Promover acciones, medidas y estrategias orientadas a prevenir las diversas manifestaciones de violencia entre los miembros de la Comunidad Educativa.
Elaborar, en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar, un Plan de Gestión para promover la Buena Convivencia y prevenir las diversas manifestaciones de violencia en el Establecimiento
Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y participar de su elaboración y actualización, considerando la Convivencia Escolar como eje central.
Participar en la elaboración de la programación anual y actividades extracurriculares del Establecimiento, incorporando la Convivencia Escolar como contenido central.
Participar en la elaboración de las metas del Establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos en el área de Convivencia Escolar.
Participar en la elaboración y actualización del Reglamento de Convivencia, de acuerdo al criterio formativo planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar (PNCE).
Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar

Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de Convivencia Escolar.

Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la Convivencia Escolar.

Determinar, con alcance general, que tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso, y

Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.


ARTÍCULO 5°.  Equipo de Convivencia Escolar.
Este Equipo estará formado por las siguientes personas:
La Encargada de Convivencia, La Inspectora General, La Orientadora Familiar, El Sicólogo y La Terapeuta Ocupacional.  También participarán o se convocarán otras redes de apoyo como HPV, Equipo Pro retención, Red de Protección de la Infancia, Cesfam Niebla, Senda Previene, entre otras.
Este Equipo de Convivencia deberá reunirse en forma periódica, levantar un acta de las reuniones con los temas tratados y acuerdos tomados, los cuales serán puestos en conocimiento del Equipo Directivo.
 El Equipo de Convivencia Escolar debe tener una visión sobre el modo en que la Política Nacional de Convivencia articula los aprendizajes esperados en esta área con los que se desarrollen en otras áreas y actividades del currículo, de acuerdo con lo establecido en el PEI y en los planes de mejoramiento educativo (PME). Para ello, es importante que la encargada de convivencia escolar o la Inspectora General (al ser parte ya del equipo directivo) pueda ser el nexo entre el equipo de convivencia escolar y el equipo directivo.
Este equipo debe intencionar buenas prácticas de convivencia, generar espacios de reflexión sobre cómo se convive, de manera de fomentar prácticas democráticas e inclusivas en torno a valores y principios éticos, como el respeto a las diferencias, el cuidado a los demás, la participación responsable y la creación de climas adecuados para el aprendizaje.
En síntesis, dentro de los deberes asociados al rol del Equipo de Convivencia Escolar, se encuentran:
- Tener una mirada proyectiva sobre cómo prever y atender situaciones de violencia escolar suscitadas al interior del establecimiento educacional.
- Desarrollar las mejores estrategias para formar a grupos de estudiantes que puedan hacerse cargo del manejo de conflictos.
- Desarrollar las mejores estrategias para capacitar a otros docentes, madres, padres  y/o apoderados en la aplicación de normas de convivencia y protocolos de actuación con sentido formativo.
- Encargarse de la organización de los recursos materiales de que dispone el establecimiento educacional   para implementar las actividades de las estrategias diseñadas para mejorar la convivencia.
○ La Encargada de Convivencia Escolar debe conocer, comprender y hacerse cargo de los enfoques para abordar la convivencia planteados en la Política Nacional de Convivencia Escolar, así como la normativa que la define y regula, en conjunto con los instrumentos administrativos y de gestión que permiten su implementación.
La  Encargada de convivencia será un(a) docente con formación y experiencia en convivencia escolar, conozca la Política Nacional de Convivencia Escolar y se maneje en áreas como clima escolar, resolución pacífica de conflictos y concepción de aprendizaje integral.
Deberá tener capacidad de gestión, liderazgo y experiencia en convocar y generar la participación de distintos actores de la comunidad educativa. Se recomienda que forme parte del equipo directivo del establecimiento, o se coordine con éste a través de la inspectora general (que también es parte del equipo de convivencia) e informe de las actividades del Plan de Gestión de la Convivencia al Consejo Escolar. Se recomienda que el encargado de convivencia escolar tenga una asignación laboral de 44 horas de dedicación exclusiva a su rol.
La Encargada de convivencia coordina el equipo de Convivencia Escolar y lidera el diseño e implementación de las actividades y estrategias que ayuden a mejorar la convivencia y a fortalecer el aprendizaje de modos de convivencia pacífico, la gestión de un buen clima de convivencia institucional y la formación de equipos de trabajo colaborativo en el establecimiento.
Para realizar sus tareas,  Encargada de Convivencia Escolar debe contar con el respaldo del equipo directivo y con un equipo de trabajo con el que pueda planear, reflexionar y llevar a cabo las actividades del plan de convivencia, y delegar tareas. Participa de las reuniones de trabajo del equipo directivo con el fin de garantizar que el plan de convivencia tenga una mirada articulada e integrada con el resto de la gestión institucional.
También debe mantener flujos de comunicación constantes con el Consejo Escolar con el fin de informar de los avances y/o dificultades en la implementación del plan de convivencia.
Por otra parte, ésta debe responder a las necesidades detectadas y priorizadas, hechas por medio de un diagnóstico comprehensivo y efectuado en colaboración con los actores de la comunidad educativa a partir de los focos que tensionan la convivencia en las dimensiones de gestión y áreas propuestas en su proceso de mejoramiento educativo.
También debe participar de las reuniones que convoque el encargado comunal, con el objetivo de articular y complementar el trabajo de la escuela con el nivel comunal.

○ Profesional(es) de apoyo psicosocial o duplas psicosociales, estará integrado por un psicólogo, una Orientadora Familiar y una Terapeuta Ocupacional, una Trabajadora Social u otros profesionales del área de las Ciencias Sociales que cumplen una importante función dentro de los equipos de convivencia. Todos ellos deben tener experiencia en trabajos socioeducativos y con familias, capacidad para trabajar en equipo y en redes en áreas tales como salud, estilos de vida saludable, prevención de drogas, embarazo adolescente, entre otras.
Su función es comprender y estar en disposición para abordar, de manera integral y desde una perspectiva pedagógica, los comportamientos y situaciones críticas de los estudiantes y familias que requieran apoyo psicosocial, siempre en coordinación con la labor de los docentes y privilegiando el aprendizaje integral de los estudiantes.
Estos profesionales deben conocer la realidad de las y los estudiantes del establecimiento escolar mediante la realización de entrevistas psicosociales individuales al estudiante, así como también a padres, madres y/o apoderados, que recaben antecedentes para visualizar los factores protectores y prevenir las conductas de riesgo de niños/as y adolescentes. Cuando estos profesionales deriven casos a otros especialistas, es importante que hagan un seguimiento oportuno de las derivaciones realizadas.
 Para cumplir con sus funciones, es necesario que los profesionales psicosociales conozcan las redes de apoyo con las que cuenta su establecimiento para poder trabajar intersectorialmente. También es importante que trabajen en equipo en aquellas acciones que permitan el mejoramiento de la relación familia escuela y el compromiso de los padres, madres y apoderados con el Proyecto Educativo Institucional, fortaleciendo la participación de toda la comunidad educativa en la elaboración de una propuesta común de trabajo.
Estos profesionales deben generar instancias de trabajo con la comunidad educativa, promoviendo la convivencia y el buen clima en función del Plan de Gestión de la Convivencia Escolar, de la Política Nacional de Convivencia Escolar y de los instrumentos de gestión educativa que abordan en conjunto los diferentes planes y programas de los establecimientos educacionales.

ARTÍCULO 6°. Conductas contrarias a la sana convivencia escolar.
 Cualquier conducta o comportamiento de algún miembro de la comunidad educativa que atente, vulnere o dañe a algún otro miembro de la comunidad educativa, afectando la buena convivencia escolar, deberá ser objeto de la aplicación de sanciones. Se entenderá por conducta o comportamiento, contra la convivencia escolar lo siguiente:
 
Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;
Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa;
Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;
Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.);
Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;
Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de WhatsApp, Facebook, chats, blogs, fotologs ,  mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;
Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar;
  Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito;
  Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos;
Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.


ARTICULO 7º: MANIFESTACIONES DE VIOLENCIA, EVALUACION DE FALTAS,  Y APLICACIÓN DE SANCIONES

 Se entenderá por “falta” cualquier comportamiento o conducta que dificulte o entorpezca el proceso educativo, sea de orden moral, religioso, social, docente o disciplinario, entorpeciendo la convivencia escolar. Las faltas se clasificarán en tres tipos, atendiendo a la naturaleza de la acción, la intencionalidad del alumno y la frecuencia en que se produzcan.

Entre las manifestaciones de violencia se encuentran: 
a. Violencia psicológica: incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o bullying. 
b. Violencia física: es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying.
c. Violencia sexual: son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc.
d. Violencia por razones de género: son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la violencia ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres.
  Incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el otro. 
e. Violencia a través de medios tecnológicos: implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de WhatsApp, Facebook, correos electrónicos, chat, blogs, fotologs, mensajes de texto, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en ciberbullying. Generan un profundo daño en las víctimas, dado que son acosos de carácter masivo y la identificación de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones virtuales.
f. Uso de smartphone en el colegio: A partir del presente año y con la aprobación de los apoderados en la ficha de matrícula se prohibió el porte de celulares en el colegio a los estudiantes, pues eran motivo de interrupción de la sana convivencia escolar, alteraba el normal desarrollo de las clases, distraían a los estudiantes en clases, no generaban situaciones de convivencia positiva. En este caso el personal deberá solicitar al alumno el celular, él cual será entregado al apoderado en la Inspectoría General, quedando constancia de la falta al Reglamento Interno. El apoderado deberá firmar su compromiso para que esta situación no se repita a futuro.


ARTÍCULO 8.- Evaluación y tipificación de las faltas.

Falta Leve: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.

Atrasos
Olvidar el material
No entrar a tiempo a la sala de clases
Quitar la pelota o los juegos a los más pequeños
Conversación en clases sobre asuntos ajenos a la misma
Incumplimiento de deberes escolares
Uso de  celulares, mp3, tablet, u otro equipo tecnológico que impida el normal funcionamiento de las clases y que distraigan al estudiante en clases.
Toda otra acción que atente contra el buen funcionamiento del colegio o lo entorpezca en forma leve.

Faltas graves: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia.

- Reincidir en faltas leves
- Insubordinación hacia el personal directivo, docentes, no docentes
- Abandono del colegio sin autorización
- Conducta nociva grave o habitual para con los demás en materias religiosa, moral, social o disciplinaria.
- Actitudes de indiferencia activa o pasiva hacia las asignaturas, como también en la participación de talleres.
- El manifiesto desinterés en el rendimiento escolar
- Fumar dentro de los límites del colegio
- Actitud negativa reiterada ante los avisos y correcciones
- Ausencias repetidas sin la debida justificación
- Riñas y actuaciones violentas con los compañeros
- Reiteración en el atraso a la entrada a clases
- Proferir expresiones ofensivas contra los integrantes de la comunidad escolar.

Faltas gravísimas: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Todas las contempladas en el Artículo Nº 2: Definiciones y Conceptos. Además de lo siguiente:

- Falta de respeto, agresiones verbales o físicas al personal directivo, docente, no docente y a compañeros.
- Difusión o tenencia de material pornográfico, inmoral, así como la realización de dibujos o pinturas ofensivas.
- Agresiones o intimidaciones graves
- Fomentar o secundar todo tipo de indisciplina que altere gravemente el normal funcionamiento del colegio.
- Apropiación de objetos ajenos
- Falsificación de firmas, notas o documentos
- Abuso sexual
- Acoso escolar
- Incumplimiento reiterados de sanciones
- Deterioro y destrozo reiterado de útiles, instalaciones, material de trabajo, mobiliario, etc.
- Introducir bebidas alcohólicas o venir ebrio al colegio.
- Acciones indecorosas
- Venta, compra o consumo de drogas
- Aquellas acciones graves cometidas fuera del colegio, contra instituciones, personas o cosas que causen deterioro de los mismos.


Aplicación de sanciones.

 Las sanciones que se señalan a continuación han de considerarse siempre como un instrumento formativo y tiene por propósito fundamental la corrección del alumno en orden a su realización como persona responsable y el mantenimiento del proyecto educativo que facilite el normal desarrollo de la vida escolar.

1.- Faltas leves serán sancionadas con medidas adecuadas y pedagógicas por el profesor o responsable inmediato. Éstas deberán anotarse en la hoja de vida del alumno.
2.- En el caso de faltas graves se pondrá en conocimiento del profesor jefe, inspector general, equipo psicosocial y si es necesario, al director, quienes podrán aplicar el tipo de sanción apropiadas. Entre otras, podrán aplicarse las siguientes sanciones:
- Aviso por escrito a los padres y apoderados de suspensión temporal, indicando la falta cometida por el alumno.
- Suspensión temporal del colegio, desde un día a tres días, siendo comunicado a los padres y apoderados.
- Aviso por escrito de posible matrícula condicional o expulsión definitiva del colegio.
 
Las faltas graves y la sanción impuesta serán comunicadas personalmente por inspectoría general a los padres y apoderados dejando constancia escrita de esta comunicación en la hoja de vida del alumno.

Sanciones a las faltas muy graves:
- Suspensión temporal o definitiva del colegio
- Reposición íntegra del material deteriorado y suspensión de tres días de clases.
- Cancelación de matrícula durante el año escolar o al término de él.


 Estas sanciones podrán ser solicitadas por el profesor jefe del alumno, u otro docente al Encargado de Convivencia Escolar, Inspectoría General o quien el Director designe a este efecto, quienes se abocarán a investigar las faltas cometidas. Una vez aplicada la sanción esta será comunicada personalmente a los padres o apoderados del alumno por la inspectoría general, dejando constancia escrita para archivar en la hoja de vida del alumno. Sin embargo, considerando que el espíritu de este manual es no aplicar directamente las sanciones a los alumnos que comenten errores, la inspectoría general, UTP, el orientador y el profesor según corresponda, adoptará procedimientos tendientes a evitar sanciones, solucionando los conflictos con participación de los padres y el compromiso de los alumnos, para lo cual se procederá de la siguiente manera.
Citación del apoderado para ponerlo en antecedentes de la falta.
Acordar entre profesor y apoderado, estrategias a seguir tanto en la escuela como en el hogar, para modificar la falta.
Comprometer al apoderado para que asista al colegio, para ayudar en la modificación de la conducta de su pupilo, si es necesario diariamente.
En caso de motivos de trabajo el apoderado nombrará un apoderado suplente para que lo reemplace en todas sus responsabilidades.
El equipo psicosocial, realizará un estudio del caso solicitando información a los siguientes profesionales: profesor jefe, inspectoría, UTP y otros especialistas si corresponde para diseñar un programa de orientación destinado a cambiar el mal comportamiento del estudiante.
Si la situación persiste el apoderado deberá solicitar atención de un especialista. El no cumplimiento por su parte, o la reiteración de los hechos por parte del alumno será causa de aplicación de sanciones de acuerdo a la falta cometida.
En el caso de faltas cometidas por los alumnos de 1º a 4º año básico, se comunicará el hecho a los padres los que en conjunto con la escuela deberán comprometerse a buscar una solución al problema de su hijo(a) solicitando bajo su responsabilidad la ayuda de profesionales si fuera necesario, situación similar se aplicará con los alumnos de educación parvularia.

             
ARTÍCULO 9°. Obligación de denuncia de delitos.
 El personal del establecimiento, ya sea docente o asistente de la educación, deberán denunciar cualquier acción que revista carácter de delito que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá solicitar investigar las situaciones expuestas anteriormente ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, fiscalías del Ministerio Público o tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.


ARTÍCULO 10°. Reclamos.
  10.1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta a la Dirección del Establecimiento, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso.  El Director designará a la persona que llevará a cabo la investigación, siendo preferentemente la Inspectoría General, Encargada de Convivencia u otra que se defina en caso de ausencia de las anteriores.
10.2. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
ARTÍCULO 11°. Protocolo de actuación.
  11.1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento    de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor  confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
11.2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.
11.3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.


ARTÍCULO 12°. Deber de protección.
12.1.  Si el afectado fuere un alumno, se  le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso.
12.2.  Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

ARTÍCULO 13°. Notificación a los apoderados.
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella.
El apoderado tendrá la obligación de mantener actualizado su número telefónico y el del apoderado suplente, informando el cambio de éste para mantener una comunicación fluida con los padres. En caso de incumplimiento de este punto, el establecimiento no será responsable de los problemas que podría ocasionar un cambio de número de teléfono. 

ARTÍCULO 14º. Investigación.
14.1. El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento. 
14.2. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana Convivencia Escolar, o el que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende  su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento.

 ARTÍCULO 15°. Citación a entrevista.
15.1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.
15.2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.
15.3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.

ARTÍCULO 16°. Resolución.
 La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada  a todas las partes y en su caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar.


ARTÍCULO 17°. Medidas de reparación.
  En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales,  cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.

ARTÍCULO 18°. Recursos.
 Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el Comité o autoridad competente, dentro de un plazo razonable
(tres días hábiles).


ARTÍCULO 19°. Mediación.
 El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención del equipo psicosocial, alumnos, docentes, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.
  ARTÍCULO 20°. Publicidad.
 El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles,  para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.
ARTICULO 21° CONSIDERACIONES ESPECIALES.
Todo aquello no previsto en el presente reglamento, será materia de análisis en un consejo general de profesores en donde se decidirá el procedimiento y aplicación de medidas disciplinarias, relacionadas con la gravedad de la falta. Se tendrá especial consideración el historial del alumno en su hoja de vida y opinión de los profesores que trabajan directamente con el alumno.
 El libro de inspectoría será considerado documento oficial con la misma validez del libro de clases. En el libro de inspectoría quedará registrado el comportamiento del alumno en horas de recreo y colación. Estas anotaciones formarán parte de su historial de vida del alumno y serán para la aplicación de sanciones cuando así lo requiera. En este libro quedará constancia de las entrevistas con alumnos y apoderados.
Cuando un alumno provoque  alguna destrucción de un elemento material del establecimiento, tales como mobiliario, puertas, vidrios, rayado de mesas y rayado paredes, u otros; el hecho será informado al apoderado, con el fin de buscar la reparación de este. Esta situación será registrada en la hoja de vida del alumno. Además el alumno deberá someterse a un trabajo comunitario que lo ayude en su formación y desarrollo integral.
No se podrán aplicar sanciones que contradigan el Art. Nº 11 LGE
  En cuanto a la no renovación de la matrícula para el año escolar siguiente, se realizará durante el mes de noviembre y o diciembre de cada año escolar  un Consejo General de Profesores en donde se analizarán los casos de aquellos alumnos que tuvieron condicionalidad de matrícula y que no se observó un cambio conductual positivo en ellos en lo que respecta al Art. N° 7, 8 y 9 y que los apoderados no se comprometieron o no apoyaron con el proceso de cambio conductual del alumno(a). Se tendrá especial consideración de la opinión del profesor(a) jefe y del apoyo entregado por el apoderado, además de su asistencia a citaciones y reuniones de apoderados. No obstante esta medida el apoderado podrá apelar de tal resolución antes de los cinco días hábiles de comunicada la decisión y el Consejo de profesores deberá resolver en los próximos cinco días hábiles, comunicando al apoderado la resolución final, la cual tendrá un carácter de inapelable. Para la decisión final se deberán tener a mano las evidencias de todas las medidas anteriores contempladas en el presente reglamento de convivencia, especialmente los informes de profesor jefe, inspectoría, equipo sicosocial.
Artículo 22° RECONOCIMIENTO A LOS ALUMNOS.
Todos los fines de año se realizará un acto de reconocimiento a los alumnos, docentes, padres y Asistentes de la Educación con motivo de valorar áreas de formación integral como Espíritu Juan Bosch, Rendimiento Académico, Esfuerzo, Convivencia Escolar, Superación Personal entre otros.
Artículo 23° REVISIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS APLICADAS.
Se establece que, el Equipo Directivo, incluida la Encargada de Convivencia, podrá revisar medidas disciplinarias aplicadas y que tengan que ver con la Sana Convivencia, resguardando la objetividad y la imparcialidad ante los hechos. Se debe cautelar el bien superior del estudiante y su derecho a la Educación. Esta instancia podrá ser solicitada por los afectados a través de un formato establecido.

Pablo Coronado Farías
Director



Protocolos de acción.

1.- PROTOCOLO SALIDA PEDAGÓGICAS DE LOS ALUMNOS

 Diversas son las actividades que se organizan fuera del establecimiento educacional, a las cuales deben concurrir los alumnos para su representación. Frente a ello se deben adoptar las siguientes medidas. Mientras se realice la salida pedagógica fuera del establecimiento, el alumno se mantendrá presente y su proceso de evaluación deberá ser postergado para la clase siguiente. Ningún alumno podrá ser sancionado por algún docente si se encuentra ausente de su jornada escolar o cumpliendo con alguna salida educativa.

El alumno podrá salir del establecimiento y por ende abandonar la sala de clases, solo si posee la autorización por escrito de su apoderado. En caso muy excepcional el alumno podrá ser retirado de clases por medio de una llamada telefónica debidamente comprobada, registrando el número del cual fue efectuada la llamada, nombre y Rut de la persona que la realizó.
El profesional a cargo de la actividad será el encargado de retirar al alumno de la sala de clases y verificar su presentación personal.
Ningún alumno podrá concurrir a la actividad organizada sin que sea acompañado por un representante adulto del establecimiento.
Una vez retirado el alumno de su sala de clases deberá permanecer en la antesala de la escuela a la espera de la orden de salida que dará la autoridad competente.
La salida del establecimiento, será autorizada y ordenada por el Director del establecimiento, ya sea para tomar la locomoción o para concurrir al lugar de la actividad programada. Dada circunstancias especiales el Director podrá delegar esta función en el Inspector General o en la Encargada de Convivencia.
En caso que el Director no se encuentre presente, será el Inspector General, Encargado de Convivencia o el Docente encargado de la actividad, en ese orden, quien dará la autorización de salida de los alumnos con previa autorización firmada por el apoderado.
Toda salida deberá ser consignada en el  libro destinado a estos fines.
El Director podrá delegar esta facultad de salida de los alumnos en el Inspector General u otro miembro de la Unidad Educativa que esté de turno.


2.- PROTOCOLO CONSUMO ALCOHOL Y DROGRAS


 El inicio del consumo de drogas se produce en los primeros años de la adolescencia y se relaciona con aspectos familiares, socioeconómicos, cognitivos y emocionales. En nuestro país, un estudio en escolares, provenientes de colegios municipalizados o subvencionados, de niveles socioeconómicos medio, medio-bajo y bajo, demostró que la edad de inicio de consumo de alcohol y tabaco es alrededor de los 11 años. Muchos de nuestros jóvenes se encuentran en esa edad,  por lo cual nuestro establecimiento educacional está llamado a prevenir el consumo, promocionando factores protectores tendientes a lograr que nuestros alumnos y alumnas puedan tener un desarrollo libre de sustancias que permitan no solo sus trayectorias educativas,  sino también las posibilidades de tener una vida plena.

 Los establecimientos escolares constituyen un espacio ideal para detectar precozmente posibles factores de riesgo entre los adolescentes y jóvenes. Los profesores, así como directores, sostenedores y apoderados, la comunidad educativa, son agentes preventivos debido a su cercanía con los alumnos, a su papel como modelos y a su función educadora.
Es en las escuelas donde es posible llegar a los jóvenes escolarizados en la edad de máximo riesgo de inicio de consumo de drogas y alcohol, facilitándose así realizar programas de prevención. Además es un lugar privilegiado para articular y sumar a la familia en las estrategias de prevención con niños, niñas y  adolescentes.
 A continuación describiremos las acciones a realizar en caso de detectar alumnos y alumnas en situación de riesgo: 1.- Evaluar la información:
Comenzar el diagnóstico inicial de la situación con una entrevista con el alumno o alumna, que permita un primer contacto con el o la estudiante en situación de riesgo (equipo psicosocial)
Realizar reunión de coordinación con profesor jefe, profesores de asignatura, encargada de convivencia escolar, equipo psicosocial y,  realizar Lista de Cotejo para la detección del consumo de drogas.
2.- Confirmar o descartar la información:
A) Si la información es confirmada, se procederá a informar a los padres, madres y/o apoderados de la situación, siempre con una actitud de respeto, escucha activa, empatía, sin juzgar.
Se realizará compromiso de atención médica con los adultos responsables,  los alumnos y alumnas en situación de alcohol y drogas,
Se realizará derivación al Centro de Salud Familiar de Niebla, y se hará seguimiento de la situación. Se solicitará apoyo al equipo de SENDA – PREVIENE para que en conjunto con el equipo psicosocial, trabaje el abordaje con la familia.
Se realizarán reuniones quincenales, con el alumno y la familia, para ver los avances y progresos. Se realizarán reuniones con equipo SENDA – PREVIENE, profesor jefe, Encargada de Convivencia Escolar y equipo psicosocial a objeto de evaluar los avances o progresos, en caso contrario, establecer otras estrategias, o incorporar nuevas redes para apoyar (SERNAM, Tribunales de Familia, Fiscalía, etc.) Se dejará registro de todas las acciones realizadas.


Si la situación es descartada:
Se derivará al Equipo SENDA – PREVIENE para que realice trabajo de prevención en el curso del alumno o alumna.
Se hará seguimiento a la familia.


L ISTA DE COTEJOS PARA LA DETECCION DEL CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS


Nombre del alumno (a): ………………………………………………………………………………….……………………………………….

Fecha de Nacimiento: ……………………………………. Edad:……………………………………………………………………………..

Curso:………………………………….Profesor Jefe.:…………………………………………………………………………………………….


INDICADORES SI NO
CAMBIOS EN EL COMPORTAMIENTO
1.- Ausencias frecuentes e injustificadas a la Escuela
2.- Atrasos reiterados
3.- Descontrol de impulsos, problemas conductuales
4.- Mentiras reiteradas
5.- Necesidad y búsqueda continua de dinero, desaparición de objetos.
6.- Actitud de indiferencia
CAMBIOS EN EL AREA INTELECTUAL SI NO
1.- Problemas de concentración, atención y memoria.
2.- Baja en el rendimiento escolar
3.- Desinterés por el proceso escolar
CAMBIOS EN LAS RELACIONES SOCIALES SI NO
1.- Preferencia por nuevas amistades
2.- Pertenencia a grupos de pares asociados al consumo de alcohol y drogas.
3.- Alejamiento de las relaciones familiares
SEÑALES DE CONSUMO SI NO
1.- Posesión de drogas
2.- Valoración positiva de pares consumidores
3.- Posesión de accesorios relacionados con las drogas (papelillos, pipas, gotas para ojos, etc.)
 



                                                                           Pablo Coronado Farías
                                                                                     Director

3.-PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESION DE ADULTOS ALUMNOS

Se realizarán algunas de las siguientes acciones:

1. Informar del caso o situación al Director de Establecimiento. Los padres, madres y apoderados, alumnos y alumnas, docentes, asistentes de la educación y miembros de los equipos docentes directivos deberán informar al  Director,  los hechos o situaciones de maltrato, violencia física o  psicológica efectuados por un adulto y que afecten a un estudiante de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento.

2. En relación a la participación de padres, madres y/o apoderados en caso de denuncia de hechos de agresión de un adulto a un estudiante,  deberán  informar por escrito las situaciones o hechos observados. 
3. La Dirección dispondrá el inicio de una investigación interna para el esclarecimiento de los hechos y para acreditar la responsabilidad de los involucrados.
4. En  dicha  investigación  se deberá respetar la dignidad de las personas y el debido y justo procedimiento,  debiendo  escuchar  a  las  partes,  quienes  podrán  aportar  todos  los elementos de juicio que consideren necesarios para aclarar los hechos y acreditar las responsabilidades que correspondan.
5. De cada entrevista y/o procedimiento investigativo, deberá quedar registro escrito.
6. El Director o quien designe para la investigación,  deberá de  manera  reservada  citar  a  entrevista  a  los  involucrados  o  testigos  de  un  hecho  de violencia escolar para recabar antecedentes.
7. Los padres de los alumnos involucrados deberán ser informados permanentemente de la situación que afecta a sus hijos, quedando constancia de ello a través del registro en la Hoja de Entrevistas que existe al efecto.
8. Las  sanciones o medidas para  los  adultos  involucrados  en  un  incidente  de  las  características descritas en los párrafos  anteriores, serán aplicadas por la Dirección del establecimiento (amonestación verbal y registro en hoja personal). Además, se informará al DAEM de lo ocurrido para tomar medidas correspondientes.
9. En caso de agresión física, constitutiva de delito, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en los  artículos Artículo 175 y 176 del Código Procesal Penal.
10. En  el  caso  de  acreditarse  la  responsabilidad  de  un  apoderado  en  actos  de  maltrato, violencia  física  o  psicológica  que  afecten  a  un  alumno  o  alumna  de    la  comunidad  escolar ,  se  podrá  imponer  la  medida  de  cambio  de apoderado.

4.-Protocolo de Acción y Prevención Frente al
Abuso Sexual Infantil .

 No notificar un caso de abuso sexual infantil nos hace cómplices de esta situación. La conducta pasiva de los equipos frente a la sospecha de  abuso puede significar la pérdida de la vida del niño/a o la mantención de la  situación de abuso, la cual puede tener consecuencias nefastas para él/ella.
 Revelar una situación de abuso no implica denunciar a otra persona, sino informar la situación y trasladar la información del ámbito privado de la familia del niño/a al ámbito público, facilitando así las intervenciones que permiten detener la violencia y reparar el daño causado.
 Todos los miembros de la comunidad educativa, profesores, directivos, asistentes de la educación,  alumnos/as padres y apoderados son responsables de informar.
 En la legislación chilena es la Constitución Política la que asegura en el Artículo 19 Nº 1, el derecho de todas las personas a la vida, la integridad física y psíquica, siendo, por tanto, sujetos de dicha protección todos los individuos de la especie humana, cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición.
En relación a la obligación de denunciar hechos con características de abuso sexual infantil, cabe destacar que tanto la Ley de Menores como el Código Procesal Penal establecen la obligación para los funcionarios/as públicos, directores/as de establecimientos educacionales públicos o privados y profesores/as, de denunciar estos hechos. Dicha obligación debe ser cumplida dentro de las 24 horas siguientes a las que se tuvo conocimiento de los hechos, sancionándose su incumplimiento en el Artículo 177 del Código Procesal Penal en relación con el Artículo 494 del Código Penal, con la pena de multa de 1 a 4 UTM.
 La Ley Nº19.968 que crea los Tribunales de Familia plantea, además, que será este tribunal el que abordará los hechos en los cuales aparezcan vulnerados los derechos de los niños/as, así como también las causas relativas a abuso sexual infantil, no constitutivos de delito.
A la hora de informar o notificar de un abuso sexual infantil, se podrá realizar en las siguientes instituciones: Policía de Investigaciones (PDI), Fiscalía (Ministerio Público), Carabineros, según corresponda.

Protocolo de Acción
 Se entiende por abuso sexual un atentado dirigido a la dignidad y libertad sexual de las personas, manifestar o agredir verbalmente con palabras obscenas, tocasiones o agresiones físicas.
  Frente a la comunicación o sospecha que un menor de edad se encuentra frente a un abuso sexual, se realizarán algunos de los siguientes pasos:
 Todos los miembros de la comunidad educativa, profesores, Directivos, asistentes de la educación, auxiliares, alumnos/as padres y apoderados son responsables de informar.
  Informar a las instancias pertinentes que regulan las sanciones y medidas efectivas con respecto al trabajo del funcionario/a, (Fiscalía, PDI, etc.)
 Quien recibe la información, debe realizar la denuncia de la situación de abuso sexual dentro de las próximas 24 horas, de recibida la información en: Policía de Investigaciones (PDI), Fiscalía (Ministerio Público), Carabineros, según corresponda.


-Si el abuso es entre alumnos del establecimiento. Teniendo en consideración que todos los alumnos/as pertenecen a la comunidad escolar, y que los niños/as involucrados se encuentran en pleno desarrollo, es responsabilidad de cada colegio dar cumplimiento a un procedimiento adecuado, que resguarde la integridad de los menores y asegure el bienestar psicológico y físico de cada involucrado. Para hacer efectivo el Protocolo de Acción y Prevención frente al Abuso Sexual Infantil, es importante que los hechos, procedimientos y sanciones estén contemplados en el Manual de Convivencia del colegio que debe ser de conocimiento de toda la comunidad educativa (padres y apoderados, alumnos, etc). Se sugiere incorporar tipificar como falta establecida su gradualidad por el propio colegio “instigar a otro, participar u ocultar a otros que participen en abuso sexual en dependencias del colegio”.
Si sospecha o tiene evidencias de que un niño/a o adolescente ha sido o está siendo abusado/a sexualmente, debe concurrir o comunicarse con:
Comisarías de su comuna (Carabineros de Chile).
Policía de Investigaciones (PDI).
Tribunales de Familia.
Fiscalía.
Servicio Médico Legal.
Oficina de Protección de Derecho (Comuna).
D. Estrategias para Fortalecer la Prevención
Aumentar el control de los adultos durante los recreos.
Supervisar recurrentemente los baños y espacios que quedan sin control por parte de los docentes o inspectores.
En relación a lo anterior, el uso de los baños de alumnos/as está estrictamente prohibido tanto para las personas externas al colegio como para funcionarios. Asimismo, los baños de adultos son de uso exclusivo de estos.
Restringir el acceso a personas que no formen parte de la comunidad (mayor control en portería). Realizar charlas a funcionarios y apoderados, para así tener conciencia de que todos los adultos (dentro y fuera del colegio) son fundamentales en la prevención del abuso sexual.
Conocer los recursos con los que cuenta la comunidad (redes de apoyo y/o derivación), tales como: consultorios de atención primaria, oficina de protección de derechos OPD, comisarías más cercanas, etc. Evitar que los/as docentes y funcionarios/as del colegio mantengan amistades a través de las redes sociales con alumnos/as del establecimiento (Facebook personal). Aquel profesor/a que use las redes sociales como medio de comunicación con sus alumnos, debe tener un Facebook profesional, el cual no contenga información personal. Además, su contenido debe ser abierto a todo público, evitando la privacidad u ocultamiento de información.


CUESTIONARIO CON ALUMNO(A) AGRESOR
 
Nombre
Curso
Edad

I.- Recogida de información:

a) ¿Cómo te va en el colegio? _______________________________________________________

b) ¿Cómo te llevas con tus compañeros? ______________________________________________


c) ¿Consideras que las agresiones son un problema en este colegio?
_____________________________________________________________________________


d) ¿Cuáles son en tu opinión las formas más frecuentes de agresión en este colegio?
______________________________________________________________________________

e) Me ha dicho que hubo un incidente con____________________________¿Qué es lo que ocurrió? __________________________________________________________________________________


f) ¿por qué crees que pasó? ________________________________________________________

g) ¿Qué tendría que ocurrir para que se terminase el problema?
______________________________________________________________________________


h) ¿ A qué te comprometes? _______________________________________________________


II.- Informar las medias que se pueden aplicar:
___________________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________

III.- Entrevista a los padres:

Nombre del padre, madre o apoderado:
____________________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________________

a) Informar los hechos que se están investigando
_________________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________

b) Informar las acciones emprendidas por el colegio
                 ___________________________________________________________________________________
___________________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________

c) Informar las consecuencias disciplinarias y legales que existen
                 __________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________

d) Establecer compromisos
_______________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________

Firma : _______________________Fecha: ______________________________


                          5.- PROTOCOLO  DE  ACTUACIÓN  ANTE  ACCIDENTES  ESCOLARES.
INTRODUCCIÓN.
          La Escuela Juan Bosch de Niebla, elaboró el presente protocolo de actuación para que los funcionarios responsables ejecuten de manera rápida y oportuna las acciones tendientes a brindar los” Primeros Auxilios” a un alumno ( a ) accidentado.
ANTECEDENTES.
       Ley 16.744 Art. 3°, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional.
Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales.
En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación Parvularia, básica y media, están efectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en el colegio.
Todo accidente escolar será informado a los padres por medio de una llamada telefónica a su fono declarado en la ficha de matrícula.
En caso de accidente o enfermedad repentina de un alumno (a) durante la actividad escolar, se procederá de la siguiente manera:
1.- En caso de enfermedad o accidente menos graves:
En caso de sospecha de accidentes menos graves como las contusiones craneofaciales , heridas que  requieran sutura, las poli contusiones, desgarros, hematomas intramusculares y que no exista  compromiso de conciencia .
En estos casos, el alumno será llevado a enfermería por un Asistente de la Educación, docente o inspector. En caso de que el accidente requiera atención médica, se llamará a los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al alumno al centro de salud que estimen conveniente e Inspectoría entrega el seguro de salud estatal con que todo alumno está cubierto.
Importante recordar que el personal del colegio NO está autorizado para administrar ningún tipo de medicamentos. Inspectoría llamará a los padres o apoderados y enviará una comunicación para ponerlos  en antecedentes de lo ocurrido.

2.-  En caso de accidentes leves:
En caso de sospecha de  accidentes leves como  aquellos  que comprometan la piel y parte del tejido celular subcutáneo, estos pueden ser contusiones menores, esguince grado 1 , erosiones y heridas superficiales, se procederá de la siguiente forma.
El alumno (a) será llevado a enfermería por  la persona que asistió el accidente, ya sea asistente o inspector y se realizarán los primeros auxilios. Importante recordar que el colegio NO está autorizado para administrar ningún tipo de medicamentos. Inspectoría llamará a los padres o apoderados y enviará una comunicación para ponerlos en antecedentes de lo ocurrido.
Después de ser observado y de algunos minutos de reposo, el alumno/a se incorpora nuevamente a clases.
En estos casos, el alumno será llevado a enfermería por un asistente, docente o inspector. En caso de que el accidente requiera atención médica, se llamará a los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al alumno al centro de salud que estimen conveniente e Inspectoría entrega el seguro de salud estatal con que todo alumno está cubierto.
3.- En caso de accidentes graves:
En caso de accidentes graves que requieran atención inmediata de un centro asistencial. Las personas que se encuentran cerca del accidentado al momento del accidente deben llamar de inmediato a la inspectora general, asistente, docente o inspector de patio presente, quien tomará las medidas para su primera atención.
En caso de golpes o heridas en la cabeza, espalda u otras consideradas graves, el accidentado no debe ser movido del lugar. Deberá ser recogido directamente por un servicio de ambulancias, para evitar movimientos inadecuados. Durante la espera debe ser cubierto con una frazada y no debe utilizarse almohada.
En todos los casos que el accidente sea grave, (determinado por encargada de enfermería, quien cuenta con cursos de primeros auxilios), se llamará inmediatamente al servicio de urgencia de la comuna, quienes lo trasladarán en ambulancia a la urgencia del hospital. Simultáneamente se dará aviso a los padres y ellos podrán tomar la decisión de trasladar a otro servicio. En caso de ausencia de la encargada de salud, será responsabilidad de la Inspectoría General dar aviso a los padres del accidente.
Los alumnos que cuenten con seguros particulares de salud, deben mantener la información actualizada en su agenda y ficha personal, para que el colegio se comunique directamente con ellos. Es importante completar todos los datos personales y teléfonos de emergencia en la agenda y ficha personal. Es responsabilidad de los padres apoderados mantener estos datos actualizados.
El personal del establecimiento no está autorizado para traslado de alumnos accidentados por el riesgo que conlleva y que pudiera exponerse al menor a un accidente de trayecto que agrave más  su situación de salud. Para todos estos efectos se recurre a los servicios de urgencias de salud, quienes cuentan con los recursos humanos y materiales apropiados.





Patricia Tatiana Solís Fernández                                                         Pablo Coronado Farías                         Inspectora General                                                                                    Director

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